Sociedad 08-07-2008 – 577 Palabras
(Abuso – Fallos judiciales)
EL BENFICIO DE LA DUDA
Ante decisiones como la de un puñado de
jueces de San Isidro, difundida en los últimos días sin mayores precisiones
pero con lo esencial bien a la vista, uno no sabe hasta dónde estirar el
beneficio de la duda y en qué punto preciso empezar a pensar mal, realmente
mal, de esta gente habituada a decidir sobre las vidas de otros.
¿Hasta qué punto, en efecto, esa ficción
formal esencial para el Estado de derecho, que célebremente afirma que todos
somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario, debería primar sobre el
más elemental cálculo de posibilidades que implica el sentido común?
El caso fue profusamente tratado por los
medios pero vamos a resumirlo para los lectores desprevenidos. El meollo del
asunto (difundido, por tratarse de un caso de su tipo, con los datos mínimos
indispensables para poder conocer y debatir la historia) es el siguiente: un
tribunal de San Isidro le otorgó a un hombre acusado de haber violado a su hija
de ocho años, el beneficio de la prisión preventiva morigerada, y lo envió
nuevamente a su casa (donde viven la pequeña, víctima del abuso, y su madre,
que lo denunció), teniendo en cuenta, al momento de conceder esa medida, que el
abuso se habría producido sólo en una oportunidad, en lugar de reiterarse.
O sea... ¿perdón?
¿Es decir que el hecho de que el hombre no
haya sido condenado implica que debería volver a vivir con su familia como si
nada hubiera pasado hasta que se determine, finalmente y en forma fehaciente,
que de verdad algo pasó?
¿Y la razón de esto no es que la denuncia sea
inconsistente o probablemente falsa
sino que el abuso habría sido “el primero y único” que el acusado cometía
contra su hija?
Evidentemente, fallos como éste producen un
daño irreparable en la familia afectada, en principio porque la víctima deja de
confiar en la Justicia aunque el abuso no vaya a repetirse (y si se repite,
probablemente no lo denunciará otra vez, como puntualizó María Elena Leuzzi,
titular de la Asociación de Víctimas de Violación). Pero también hay otro daño,
menor en su intensidad pero de mayor extensión y más largo aliento, que opera
sobre la opinión pública.
Cuando la monja Martha Pelloni, dedicada a
combatir la problemática de trata y abuso de personas, especialmente menores,
dice que los fallos que benefician a imputados o condenados por violación
tienen lugar porque “hay jueces pedófilos”, no hace más que reproducir, desde
un lugar de cierta autoridad, el horror de mucha gente ante la sucesión de
noticias de este tipo: abusador liberado, abusador vuelve con su familia,
abusador beneficiado por razones increíbles.
Y es entonces (olvidemos los casos
concretos y vayamos a lo general) cuando aparece la duda que enunciábamos al
principio: ¿hasta dónde pueden atribuirse estas cosas a una especie de ceguera
legalista, a la primacía de un principio abstracto sobre una situación concreta
que debería resultar insoslayable, y en qué momento uno puede empezar a dudar
de los jueces como personas “de bien” y sospechar que querían beneficiar al
acusado de turno por una cuestión de simpatía?
Cada vez que un tribunal toma una decisión
como ésta, refuerza un prejuicio popular sobre la Justicia que espesa a su vez
el manto de silencio sobre la problemática del abuso sexual, especialmente de
menores, y muy especialmente en el seno familiar. No es una cuestión que
convenga dejar pasar.
Sebastián Lalaurette
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Agencia MP