(Calumnias – Injurias – Propuesta oficial)
Es una verdadera pena
que la iniciativa oficial para suprimir el delito de calumnias e injurias haya
sido presentada ahora, en medio de la discusión por el proyecto de ley de
servicios de comunicación (que ni siquiera empezaremos a abordar en esta
oportunidad). Claro que no podía ser de otra manera: la despenalización de esas
figuras se inscribe en una puja en la que el gobierno intenta mostrar que no
tiene intenciones de limitar la libertad de prensa sino más bien al contrario,
y por eso lanza esta idea que quién sabe si habrá estado pensada desde antes o
surgió justamente como respuesta a quienes sospechan de aviesos propósitos en
el otro proyecto, el más debatido.
Es una pena, decimos,
porque la discusión de qué cosas pueden decirse de una persona o entidad, de
dónde está el límite que separa el derecho inalienable a la expresión e
información del insulto, una transgresión a otro derecho que se supone de todos
como lo es el honor, es central para la democracia.
La penalización legal
para las llamadas calumnias e injurias se basa en un presupuesto muy simple,
tanto que no se lo cuestiona habitualmente: que todos tenemos una cualidad
intrínseca inatacable, algo que llamamos honor y que ni siquiera nos molestamos
en definir. La defensa de esa cualidad se transforma, por lo tanto, en un
derecho.
Sin embargo, buena parte
de la acción del periodismo se basa en la observación de que muchas personas
tienden a hacer cosas poco honorables que el común de la población debería
conocer para evitar que esos pillos se salgan con la suya. Es ahí donde
aparecen la denuncia, la crítica, la pregunta incisiva y el comentario mordaz.
Prácticas que pueden ser molestas en ocasiones, pero que conviene preservar en
aras no sólo de la libertad de expresión, sino también, y sobre todo, en pos de
la libertad del pueblo a estar informado.
Claro que la cosa nunca
es tan simple. Tan falibles y corruptibles como cualquier otro, y más engreídos
que la mayoría, los periodistas podemos abusar de la facultad de poner
discursos ante la consideración pública y cometemos verdaderos atentados contra
la imagen de personas que no necesariamente son poderosas y que en todo caso
merecen (a veces) mejor suerte. Es ahí donde aparece el resguardo legal del
honor contra las afirmaciones que lo cuestionan públicamente. Calumnias en el
caso de que se trate de la atribución mentirosa de hechos vergonzantes,
injurias en cualquier tipo de insulto o agravio aunque no propale falsedades.
Ahora, el gobierno
quiere aprobar un proyecto largamente demorado que privilegia la libertad de
expresión por sobre el derecho a la no afectación del honor, invirtiendo la
tendencia actual. Dicho esto, hay muchas cosas a considerar: están el alcance
de las afirmaciones de que se trate, la pasibilidad de sanción civil por las
consecuencias que éstas pudieran tener, el tema de la real malicia (es decir de
la difusión de informaciones falsas a sabiendas)... pero sin duda el debate
básico está claro. Merece ser amplio y profundo. Los límites de la libertad de
expresión e información son una cuestión cuyo tratamiento no puede quedar
reducido al ámbito de los especialistas y mucho menos esgrimirse como arma para
lograr otra cosa.
La cuestión, repetimos,
es central al sistema democrático, y viene bien saber de qué se trata.
Sebastián Lalaurette
redaccion@agenciamp.com.ar
Agencia MP